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"La desamortización de Mendizábal en la provincia de Zaragoza (1836-1851)".  P. Marteles, 1990. (pmlemr@gmail.com)

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6.8.- AGILIDAD DE LAS OFICINAS EN LA GESTIÓN DE LAS VENTAS

Como resultado de estos juegos con las fechas se llega a otro tema que reviste igualmente un cierto grado de interés. Viendo los promedios de permanencia de las fincas en manos del Estado hasta su entrega a los compradores resulta que la del total de bienes rústicos fue aproximadamente de unos 3 años con 5 meses y la de los urbanos de 2 años y 10 meses. El dato es consecuente con la conocida y expresada voluntad de enajenar la propiedad urbana lo antes posible ya que su conservación acarreaba más quebraderos de cabeza que la rústica (renovación anual de contratos, deterioro de edificios e instalaciones, etc.).

Lo sorprendente, sin embargo, acontece al realizar la misma operación con sólo los bienes cuyo valor inicial en subasta fue de más de 20.000rs, cantidad importante y que servía de criterio para la doble subasta en las fincas del clero regular. En ese caso resulta que el promedio de permanencia es de 3 años y 10 meses para los bienes rústicos y de 2 años y 3 meses para los urbanos. O dicho de otro modo, los bienes urbanos de calidad se vendieron algo más rápidamente que los menos importantes (deben ser las "gangas" del principio a que se refería Antonio Flores), pero la situación es inversa por lo que respecta a los bienes rústicos de importancia que tardaron más en venderse que la media obtenida para el total.

Frente a lo que suele ser la interpretación comúnmente aceptada y tenazmente reiterada por algunos resulta que la Administración debió tener menos prisa en enajenar las mejores propiedades rústicas que las de peor calidad porque eso es exactamente lo que de hecho sucedió.

Los bienes del clero regular masculino estuvieron en posesión del Estado, por término medio, durante unos 4 años y 1 mes, mientras que los de monjas llegan a un promedio de un año menos, sin que podamos dar razón de ello, a no ser que, abundando en la tesis que acabamos de apuntar, al tratarse de bienes con un valor medio de anuncio inferior (7.853rs frente a los 11.798 de los frailes, según el cuadro 12), la administración prefiriera venderlos antes que los otros.

Relacionados en cierto modo con el proceso seguido para la confección del cuadro 151, hemos realizado otros cálculos para averiguar el tiempo que solía transcurrir desde que una finca era anunciada hasta que llegaba de Madrid la confirmación de su venta. Como desde el anuncio hasta el día de la subasta pasaban 40 días, nos referiremos en todo momento a los días que trascurren desde el día de la subasta (ya fuera solo en Zaragoza o doble, con posibilidad en Madrid o en la cabeza de partido) hasta la aprobación. Conocemos casos de notables retrasos de alguna finca concreta pero los juicios de valor sobre un proceso global carecen de sentido si se intentan fundamentar con hechos singulares por muy ricos de significado que parezcan.

Las cifras no muestran grandes diferencias si se toma el conjunto de bienes de frailes (44 días), monjas (40), rústicos (39) o urbanos (44). Sin embargo, si la referencia es por años de anuncio sí que se observan diferencias:

1836: 67 días

1837: 25 días

1838: 56 días 

1839: 18 días

1840: 38 días 

1841: 43 días

1842: 41 días

1843: 29 días 

1844: 38 días 

+ 1844: 44 días   

A nuestro parecer, y sin entrar en detalles, lo primero a constatar y resaltar es la evidencia de que los gestores de la desamortización de aquellos años (recuérdese que no existía el ferrocarril, con frecuencia había que contrastar resultados de doble subasta ya que las fincas grandes se vendían intercaladas con pequeñas, etc.) eran tan solventes y eficaces en la resolución de asuntos como puedan serlo los de nuestros días a cualquier escala (local, autonómica o nacional) en materias que requieren quizá menos trámites que el tema que nos ocupa.

Los "retrasos" del primer año no son de extrañar dadas las dificultades de la puesta en marcha. En 1837 la mejora de gestión es sorprendente, pero la cifra se halla desfigurada por el hecho que no hemos controlado de que durante unos meses y por disposición de Mendizábal se estuvo subastando a los 30 días del anuncio, de manera que los 25 días quizá hubiera que elevarlos a 30 o algo más. El dato de 1839 parece casi imposible, pero al igual que para el de 1838 (¿dificultades de los correos con la guerra?, ¿inestabilidad de las cúpulas gestoras?) no tenemos explicación.

A partir de 1840 el plazo se sitúa en torno a los 40 días, cifra que demuestra una sorprendente agilidad ya que en los últimos años la mayor parte de las fincas se subastaban también en la cabeza de partido, los resultados debían pasar a Zaragoza y de allí a Madrid donde finalmente se resolvía a favor del licitador que más hubiera pujado en la subasta.

 

 

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Última actualización:
18/08/07